8/6/09

Free Culture - Piratería


A lo largo de estos dos capítulos se dan varios argumentos en favor de la piratería "digital", resumiendo todo en lo siguiente "Las reglas de la fisica de la pirateria de lo intangible son diferentes de la fisica de la pirateria de lo tangible en el sentido que, si no pago algo tangible, hay uno menos para vender y si no pago algo intangible, no hay uno menos para vender". A partir de esto se podría deducir que hablar de piratería para productos intangibles ( información online, mp3, etc) no debiera ser piratería ya que no limito la compra por parte de otra persona.

Después de esto, y de concluir que la piratería con fines comerciales es dañina tanto para productos tangibles como intangibles, se dividen en cuatro tipos los usuarios de redes p2p:

1. Hay quienes usan estas redes como sustituto de compra de contenidos. En este sentido vale la pena preguntarse si todos los que adquieren la información o música vía p2p la comprarían. Probablemente no, pero seguro hay una proporción que sí lo haría y que actualmente la consume gratis. Esta proporción refleja una pérdida económica para la compañía o dueña de lo que se está "bajando" en vez de comprarse.

2. Otro grupo baja música para probarla antes de comprarla. Esto se podría ver como una publicidad dirigida eficiente. El que hace la publicidad no gana nada por hacerla luego debería asumirse que es realmente buena y bien dirigida.

3. Hay gente que usa las redes p2p para acceder a material que ya no está a la venta o que no habría comprado porque los costos de transacción fuera de la Red son demasiado altos. Canciones viejas, de la infancia con un ejemplo.

4. Por último hay gente que las usa para acceder a contenidos sin copyright o que el dueño del copyright quiere regalar.

De estos cuatro casos, el único legal actualmente es el último, en que el dueño del copyright ve qué hace con él, en este caso regalarlo o que se hace uso de "productos" sin copyright. Pero, si nos damos cuenta, el grupo 3 no le hace daño a la industria y el grupo 2 la ayuda según lo que afirma el autor.

El punto está en determinar a la gente del grupo 1 que compraría si no tuviera lo que quiere gratis. Este es el grupo que preocupa a los dueños del copyright.

Creo que, de la misma manera en que los bajos costos de transacción y almacenamiento online nos permiten a los usuarios obtener música, información y películas entre otros de manera gratuita y que, si bien el uso de esto para fines no comerciales y para uso individual no debiera ser juzgado, es difícil controlar quiénes usan esta información de manera prudente y justa para sus autores y quienes hacen uso de ella para fines comerciales.

De la misma manera en que la tecnología progresa para facilitar el acceso a la información y para fomentar la creación de información, música y arte por parte de los artistas al hacer el mercado más competitivo, las leyes debieran progresar en la misma línea e hilar cada vez más fino para, permitir el el uso individual y sin fines comerciales de lo que está disponible pero sin borrar la piratería que es la que hace uso de esta creación con fines comerciales, la piratería tiene que ser castigada, el tema es que, cada vez se hace más difícil distinguir entre estos cuatro tipos de usuario y aquellos que hacen uso de la música e información disponible con fines comerciales.

1 comentario:

  1. Fran Hola!

    Bkn post... yo creo q el problema radica en la existencia de enormes vacíos legales que la actual legislación no pesca... como bien dices.. hay medios q incluso benefician a la industria, sin embargo, te pueden llevar preso por eso....

    Saludos

    Valle

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